sábado, 5 de septiembre de 2015

El caso de los exploradores de cavernas de Lon L. Fuller

Resumen

 

Se plantea un caso ante la Suprema Corte de Newgarth tras la apelación de los acusados por haber sido declarados culpables por el Tribunal del Condado de Stowfield.

Cinco miembros de una Sociedad Espeleológica, aficionados a la exploración de cavernas, penetraron en el interior de una de ellas y cuando se hallaban muy lejos de la entrada una avalancha de rocas bloqueó la única salida posible.

La Sociedad Espeleológica se ocupó de las tareas de rescate cuyo objetivo fue logrado recién al trigésimo segundo día a contar desde la entrada de los exploradores en la caverna.

No obstante los exploradores se comunicaron con la Sociedad a través de un equipo inalámbrico portátil para informarse acerca de sus posibilidades de sobrevivir.  Roger Whetmore, uno de los exploradores, creyó conveniente proponer que uno de ellos muriera para servir de alimento a los restantes. No encontrando una solución más adecuada sus compañeros estuvieron de acuerdo.

Cuando estaban a punto de echar los dados para designar a la víctima, Whetmore se arrepintió y dijo que le parecía prudente esperar una semana más antes de adoptar la drástica decisión que había planteado. Su propuesta  no fue aceptada, fue acusado por el resto de los exploradores de violación de lo convenido y procedieron al sorteo.

El azar determinó que el propio Whetmore se viera perjudicado por su jugada que hizo otro explorador en su nombre; fue privado de su vida y comido por sus compañeros.

El rescate de los exploradores provocó importantes pérdidas humanas porque costó la vida de diez obreros que trabajaban en la remoción de los obstáculos que impedían la liberación de los atrapados. Luego de los primeros socorros se envió a los exploradores a un hospital donde fueron tratados física y psicológicamente (por desnutrición y shock nervioso): cuando recuperaron su salud los sometieron a un proceso por homicidio en la persona de Roger Whetmore.

En un extenso veredicto el Jurado del Tribunal del Condado de Stowfield decidió que los hechos habían ocurrido según lo narrado y por decisión del Juez los acusados fueron declarados culpables de homicidio.

Una vez disuelto el jurado sus miembros suscribieron un oficio al Jefe del Poder Ejecutivo pidiéndole que conmutara la pena de muerte por la de seis meses de prisión. El juez actuante procedió de manera similar.

El Poder Ejecutivo se mantuvo a la expectativa aguardando la decisión de la Suprema Corte sin responder a las peticiones efectuadas por el tribunal de Stowfield.

A su tiempo la sentencia del tribunal fue confirmada por la Corte.


            OPINIÓN DE LOS JUECES
 
             PRESIDENTE TRUEPENNY:

El  Presidente de la Corte dejó en claro desde su postura Positivista afirmando que por sobre todo hay que cumplir con la ley. Encuentra culpables a los acusados.

Hay que respetar la ley para evitar el estimulo a su transgresión.

El Jefe del Poder Ejecutivo debería adoptar alguna forma de clemencia para mitigar los rigores de la ley; si así ocurre, se hará justicia sin menoscabar la letra ni el espíritu de la ley y sin ofrecer estimulo a su transgresión.



                                                          MINISTRO FOSTER:

Foster pretende encaminar el caso desde su visión Iusnaturalista intentando justificar los hechos, que según él, no pueden juzgarselos a partir del Derecho positivo sino del Derecho natural ya que el estado de naturaleza reinaba moralmente en los exploradores.

Encuentra inocentes a los acusados.

Sostiene que en este caso se pone en juego no sólo el futuro de los acusados, sino el "Derecho" del Commonwealth. Si son condenados, el Derecho mismo será condenado debido a que el común popular disiente con la condena de los acusados; por lo tanto si se resolviese que los acusados tuvieron culpa alguna, el orden jurídico -a su entender- no habrá pretendido realizar justicia en este caso.

Tiene dos fundamentos esenciales para demostrar la inocencia de los acusados:

No puede aplicárse el Derecho positivo del Commonwealth sino el Derecho natural; el Derecho positivo presupone la posibilidad de la coexistencia de los hombres en sociedad y al desaparecer dicha condición desaparece su obligatoriedad.

Los acusados se encuentran justificados moralmente por haberse regido por un contrato social preestablecido por ellos y, más especificamente, promovido por la víctima. Además, debe tenerse en cuenta que la vida humana no tiene el mismo valor en el estado de sociedad civil que en el estado de Naturaleza; ahora, si en el primero se vive arriesgando la vida de algunos para salvar la de otros, qué se podría esperar en un estado de Naturaleza.

Y aún suponiendo que el Derecho positivo sea aplicable, no tiene por qué ser estricto y literal; no importan tanto las palabras sino el propósito perseguido por la ley, "un hombre puede violar la letra de la ley sin violar la ley misma". Se debe aceptar fidelidad a las leyes y a la Cámara de Representantes, pero una fidelidad inteligente, "la corrección de obvios errores u omisiones legislativas no significan suplantar la voluntad del Legislador, sino hacerla efectiva".



                                                             MINISTRO TATTING:


No encuentra justo que se los haya acusado de asesinato.

Critica ambas proposiciones de Foster por emitir un voto plagado de contradicciones y falacias. Estima que sus proposiciones son contradictorias:

¿Por qué puede afirmarse que esos hombres se encontraban en un estado de Naturaleza? ¿En qué momento pasan de un estado a otro?

Si el caso no corresponde al Derecho positivo entonces no puede ser tratado por el Tribunal del Commonwealth, que decide según ese mismo derecho. Si el caso debería ser tratado en base al Derecho Natural ¿que autoridad sería competente para designar un tribunal de la naturaleza?.

Según el pensamiento de Foster, los acusados al matar a Whetmore estaban  ejerciendo los Derechos conferidos por el convenio. No puede entender cómo Foster puede regirse por una escala de valores en la que el Contrato es más importante que el Homicidio.

En su segundo fundamento Foster justifica equivocadamente su argumento aduciendo que tanto en el caso a tratar como en otro de defensa propia, no se cumple el propósito preventivo de la ley pero así tampoco se viola el Derecho positivo. Es criticable a este fundamento el hecho de que considere a la prevención como único propósito de las leyes penales. También se equivoca al considerar similares el caso a tratar y uno de defensa propia, sin señalar que en defensa propia se actua impulsivamente y no intencionalmente como ocurrió en el caso a juzgar.

Se declara incompetente para resolver el caso.


                                                          MINISTRO KEEN:

A pesar de no estar de acuerdo en su totalidad con el contenido de la ley cree que la solución no es dejar de aplicarla tal cual está escrita, sino modificarla pero que esto no es función del Poder Judicial al cual pertenece. Demuestra una postura Positivista.

Piensa que el resto de sus colegas fracasaron al no distinguir los aspectos jurídicos de los morales.

Los acusados deben ser condenados.

Hay que dejar de lado dos cuestiones que no deberían importarle a la Corte: primero, si el jefe del Poder Ejecutivo, debería o no concederle clemencia a los acusados en el caso que sean considerados culpables; segundo, si es justo o injusto, bueno o malo lo que hicieron estos hombres.

"Concedería un perdón total a estos hombres"  -dice- "pero mi función me obliga a dejar de lado mis concepciones de moralidad y aplicar la ley como ha sido escrita. La ley debe aplicarse como la concibió el Poder Legislativo, y los jueces no son quienes para investigar sus propósitos que además suelen ser diversos".


                                                          MINISTRO HANDY:

Es un hombre muy práctico, Realista, piensa que siempre hay que tener en cuenta la realidad para resolver cada caso en particular.

Critica a Truepenny y a Tatting por querer desentenderse del problema.

Los acusados son inocentes. La sentencia debe revocarse.

El gobierno es un asunto humano, los hombres son gobernados no por palabras sobre el papel o por teorías abstractas sino por otros hombres.

Debería tratarse a las formas y a los conceptos abstractos como instrumentos y resolver cada caso acomodando esos instrumentos para obtener la solución más conveniente.

Hay que tener en cuenta la realidad: el caso ha despertado enormemente el interés público y la gente en su mayoría estima que no deberían ser condenados. Nadie pensaría que al absolver a estos hombres la ley se vería más forzada de lo que fue expuesta al crear la excusa de la defensa propia.

La equivocación más crucial en que caen los jueces que piensan que se haría justicia si el Poder Ejecutivo conmuta la pena, es no tener en cuenta la Realidad. Si la tuvieran en cuenta advertirían que el Jefe del Poder Ejecutivo es un hombre de edad avanzada y conceptos muy rígidos; y que el clamor público tiene sobre él un efecto contrario al deseado por los jueces.


Fuente: Internet

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                                              "El caso de los exploradores de cavernas"
                                                           de Lon L. Fuller
                                      (Buenos Aires, Lexis Nexis Abeledo Perrot, 2002).   
    
                                                Comentario por Walter F. Carnota 


La reedición de este célebre relato resulta feliz y oportuna, ya que el cuento en cuestión pone en evidencia varias cosas. Como se recordará, su objeto versa sobre exploradores que quedan atrapados dentro de una caverna, y matan a uno de ellos para sobrevivir. Rescatados los supervivientes, son condenados por homicidio en primera instancia. La historia narra el fallo de la Cámara de Apelaciones.

Quizás una de sus principales contribuciones sea marcar nítidamente los perfiles de la función judicial. Así, la contraposición entre los que podríamos denominar "jueces valoristas" y los "jueces silogistas" se hace harto patente. Dos magistrados toman senderos férreamente legalistas, mientras que otros dos (incluso el muy logrado juez Foster) adoptan posturas desde la jurisprudencia realista de los valores ("valuoriented jurisprudence"). El sentenciante restante despliega todo un esfuerzo dialéctico, para finalmente declararse incompetente.

Resulta sencillo, de acuerdo con la escala axiológica y principista de cada uno, identificarse, en más o en menos, con cada personaje y sus tribulaciones.

Un segundo aspecto a rescatar en esta narración es la notoria interacción que se produce entre los jueces quienes, con honestidad y sinceridad intelectuales, aparecen, por ejemplo, criticándose a fondo. Ello es muy común en los tribunales colegiados del sistema anglo-americano, incluso la mismísima Suprema Corte de los Estados Unidos.

Finalmente, la condena capital que queda firme revela el costo humano que toda decisión involucra. A la muerte del explorador Whetmore, se le deben sumar la de diez socorristas y ahora la de los cuatro condenados. Tanta deliberación y debate para un resultado por cierto tan nefasto.

Obviamente, la riqueza de este pequeño volumen no se agota con una sola lectura, y su uso se hace muy recomendable, como fue concebido, como herramienta pedagógica en las Escuelas de Derecho. En síntesis: una entretenida muestra de sociología judicial.  


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